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MISIÓN Y VISIÓN

La Cámara de la Construcción de Guayaquil, tiene por objeto la regulación, desarrollo y protección de las actividades propias de los constructores. Específicamente debe velar y defender los legítimos derechos de sus asociados y proponer a su mejoramiento profesional, social y económico.

La Cámara lleva adelante acciones y programas de trabajos encaminados a:

  • La creación de nexos efectivos de solidaridad entre los constructores asociados.

  • Estudio y aplicación de los sistemas más adecuados para el mejor desenvolvimiento de la actividad de la construcción.

  • Estudio y aplicación de sistemas para perfeccionar y disminuir los costos de la construcción.

  • Aunar esfuerzos y colaborar con otros organismos encargados del estudio de los problemas, aplicaciones legales y reglamentarias relativas a todas las ramas de la construcción.

  • Estudiar y gestionar una legislación social, económica, administrativa y gremial.

  • Emplear las medidas conducentes para evitar la competencia desleal entre los constructores.

  • Intervenir, cuando los solicitaren, en las controversias que se susciten entre constructores, subcontratistas, proveedores o particulares.

  • Mantener relaciones con los órganos del Poder Público, Organismos Oficiales, Corporaciones Estatales, Semipúblicas o de derecho privado
    con fines sociales o públicas.

  • Informar a sus socios de todo cuanto pueda ser de utilidad a los intereses generales de la construcción.

  • Divulgar por los medios de información colectiva, todo lo que sea de interés en la actividad de la construcción.

  • Preparar estadísticas de las diversas fases y actividades de la construcción.

  • Celebrar congresos, exposiciones, reuniones y prestar apoyo a los eventos de la misma índole que se celebren en el país y en el extranjero.

  • Prestar información, asesoramiento y asistencia de carácter técnico legal, económico, administrativo y de cualquier género para la actividad de la construcción.

  • Ejercer en general la representación de los asociados colectivamente considerados entre las autoridades y ante las entidades públicas, semipúblicas autónomas y particularmente, con carácter individual o especial, cuando algún asociado lo solicite.
PROPUESTA DE CÓDIGO DE ÉTICA EMPRESARIAL PARA LA CAMARA DE LA CONSTRUCCIÓN DE GUAYAQUIL

PREÁMBULO
Un colectivo empresarial tiene una función social que cumplir y la cumple cuando el conjunto de comportamientos individuales es positivo. Así lo considera la propia sociedad en que se desenvuelve, y lo hace atribuyendo a dicho colectivo un valor y prestigio social. Los principios que se proponen en este Código Deontológico tienen el objetivo de potenciar el prestigio empresarial del colectivo, en una actividad económica tan importante como la del ámbito de la construcción y que tiene gran repercusión para satisfacer necesidades básicas de la Sociedad.

FUNDAMENTOS
­ Usar el conocimiento técnico y empresarial para mejorar la calidad de vida de los ciudadanos.
­ Ser honesto, imparcial y servir con fidelidad a la comunidad, sus empleados y sus clientes.
­ Colaborar con la competencia y prestigio de la actividad de la construcción
­ Dar soporte empresarial y técnico en cada una de las disciplinas que a la actividad de la construcción les compete.

DE LA SEGURIDAD, SALUD Y BIENESTAR PUBLICO EN EL DESARROLLO DE SUS DEBERES EMPRESARIALES
­ Reconocer que las vidas, la seguridad salud y bienestar de la comunidad dependen de los juicios, decisiones y prácticas que el empresario de la construcción realice en e desarrollo de sus estructuras, maquinarias, productos o procesos industriales.
­ Informar a la Cámara si tiene conocimiento o razones para pensar que personas o empresas puedan estar violando normas elementales o poniendo en peligro la seguridad, salud y bienestar público, y cooperar para que la Cámara como autoridad exija las sanciones correspondientes.
­ Tener el compromiso de mejorar la calidad de vida mediante la protección del medio ambiente.
­ Es un deber proteger al público contra el fraude, la presentación falsa o las prácticas dudosas en el campo de la construcción y afines. Debe esforzarse por eliminar, en su comunidad, cualquier práctica susceptible de ocasionar perjuicios al público o a la dignidad e integridad del gremio al que se pertenece y difundir las buenas prácticas contractuales en la construcción pues estas servirán de invalorable referencia en el futuro.

DEL DESARROLLO DE SUS SERVICIOS SOLO E AREAS DE SU COMPETENCIA
­ El afiliado a la CCG no deberá aceptar la ejecución de un trabajo fuera de su especialidad sin tener los conocimientos y experiencia para ello, o en su defecto aceptar el asesoramiento correspondiente.

DE LA EXPOSICIÓN DE OPINIONES AL PUBLICO EN FORMA OBJETIVA Y VERAZ
­ El afiliado a la CCG deberá sostener un criterio libre e imparcial independientemente de los nexos de parentesco o beneficio personal, en su caso deberá declararlo en el contenido de sus informes.
­ El afiliado a la CCG deberá ser veraz y honesto con respecto a lo que ve y siente de acuerdo con su leal saber y entender, en el momento de emitir sus informes y no aceptar influencias extrañas, presiones ni remuneraciones que hagan variar su recto criterio.
­ Abstenerse de emitir un criterio o argumento empresarial cuando sea parte interesada en la solución de un conflicto o dirimencia.

DEL TRATO DE LOS ASUNTOS EMPRESARIALES CON LOS EMPLEADOS Y CLIENTES Y DE LOS CONFLICTOS DE INTERESES
­ El afiliado a la CCG tendrá la libertad de aceptar o rechazar la practica de los contratos y trabajos que le soliciten.
­ Evitar todos los potenciales conflictos de intereses que puedan darse con sus clientes o empleados
­ Nunca aceptar prebendas directas o indirectas de contratantes, proveedores, subcontratistas, u otras partes con las que este negociando intereses de sus clientes.
­ Afiliados que estén ejerciendo funciones públicas no deberán participar, por su nombre o por el de interpuesta persona, ofreciendo sus servicios en concursos, licitaciones o contratos públicos o privados en los que les competa tomar decisiones administrativas.
­ El afiliado a la CCG respetara y guardara el secreto en las labores empresariales y profesionales que ejecute y sobre todo no usarlas para su beneficio personal.
­ Enterar a sus clientes cuando como resultado de sus estudios y análisis lleguen a la conclusión de que sus proyectos no son factibles, aún cuando eso vaya contra sus intereses económicos.

DE LA CONSTRUCCION DE SUS REPUTACIÓN EN BASE A SUS MERITOS Y DE LA COMPETENCIA LEAL Y JUSTA CON SUS HOMOLOGOS
­ El afiliado a la CCG nunca deberá perjudicar a un colega en su reputación o competencia, ni interferirá en los trabajos del mismo. En las relaciones con sus colegas, respetarán los principios de la leal competencia y de la cortesía
­ No permitir se utilice en forma tendenciosa su aval empresarial y profesional ni tampoco su experiencia.
­ No debe solicitar los servicios de un empleado o auxiliar de otro colega a espaldas de éste.
­ No debe aceptar la revisión de un trabajo efectuado o en ejecución por otro empresa constructora o persona natural que ejerza actividades relativas a las de la construcción, con solo los deseos manifiestos del cliente sin que la otra empresa o persona acepte dicha intervención.
­ No utilizar las ventajas de una posición oficial para competir con otros afiliados.
­ En ningún caso, prestarse a trabajar por una remuneración inferior a la fijada por el Colegio del País o de la región en que se realiza el contrato o servicio empresarial.

DEL HONOR, DIGNIDAD E INTEGRIDAD DE LOS CONSTRUCTORES
­ El afiliado a la CCG deberá cimentar su reputación en la honradez, laboriosidad y capacidad técnica empresarial, observando las normas de ética mas elevadas en todos sus actos así como el debido decoro en su vida social y empresarial.
­ La CCG y sus afiliados deben mantener activas relaciones con los grupos profesionales y comerciales, entre los que se incluyan Colegios de Ingenieros (en todas su ramas), Colegios de Arquitectos, Cámaras de la Producción, y demás organizaciones cuya actividad sirva para la defensa y representación de los intereses colectivos del sector y dar a la ciudadanía una opinión calificada para influir sobre políticas públicas y sobre el mejoramiento en el ambiente de los negocios
­ Los honorarios que fije el afiliado a la CCG deberán ser en todo caso justos, racionales y equitativos. Todas las transacciones que se convengan deben ser a un precio justo y procurarán que los contratos estén redactados con precisión, sin equívocos y en forma intachable, y que no favorezcan unilateralmente a una parte, sino, por el contrario, protejan los intereses de las dos partes.

DEL DESARROLLO PROFESIONAL A TRAVES DE SU GESTION COMO EMPRESARIO.
­ El afiliado a la CCG tendrá la obligación de contribuir al enaltecimiento de la actividad de la construcción en la medida de sus posibilidades actuando con probidad y buena fe y cumpliendo con las normas del derecho vigente.
­ Los afiliados harán todo lo posible por elevar el nivel de la actividad a la que pertenezcan, especialmente en las vertientes de estimular la continua formación empresarial, de mantener una constante información de las tendencias del mercado y de abstenerse de hacer una publicidad engañosa y perjudicial para la construcción.
­ Promover basados en el principio de satisfacción mutua cordiales relaciones con empleados y proveedores en términos de respeto, adecuado trato laboral, salarios justos y beneficios para las partes involucradas.

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Atención al Afiliado, Publicidad :   servicios@cconstruccion.net
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