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La Cámara de la Construcción de Guayaquil, tiene
por objeto la regulación, desarrollo y protección
de las actividades propias de los constructores. Específicamente
debe velar y defender los legítimos derechos de sus asociados
y proponer a su mejoramiento profesional, social y económico.
La Cámara lleva adelante acciones y programas de trabajos
encaminados a:
- La creación de nexos efectivos de solidaridad entre
los constructores asociados.
- Estudio y aplicación de los sistemas más adecuados
para el mejor desenvolvimiento de la actividad de la construcción.
- Estudio y aplicación de sistemas para perfeccionar
y disminuir los costos de la construcción.
- Aunar esfuerzos y colaborar con otros organismos encargados
del estudio de los problemas, aplicaciones legales y reglamentarias
relativas a todas las ramas de la construcción.
- Estudiar y gestionar una legislación social, económica,
administrativa y gremial.
- Emplear las medidas conducentes para evitar la competencia
desleal entre los constructores.
- Intervenir, cuando los solicitaren, en las controversias que
se susciten entre constructores, subcontratistas, proveedores
o particulares.
- Mantener relaciones con los órganos del Poder Público,
Organismos Oficiales, Corporaciones Estatales, Semipúblicas
o de derecho privado
con fines sociales o públicas.
- Informar a sus socios de todo cuanto pueda ser de utilidad
a los intereses generales de la construcción.
- Divulgar por los medios de información colectiva, todo
lo que sea de interés en la actividad de la construcción.
- Preparar estadísticas de las diversas fases y actividades
de la construcción.
- Celebrar congresos, exposiciones, reuniones y prestar apoyo
a los eventos de la misma índole que se celebren en el
país y en el extranjero.
- Prestar información, asesoramiento y asistencia de
carácter técnico legal, económico, administrativo
y de cualquier género para la actividad de la construcción.
- Ejercer en general la representación de los asociados
colectivamente considerados entre las autoridades y ante las
entidades públicas, semipúblicas autónomas
y particularmente, con carácter individual o especial,
cuando algún asociado lo solicite.
PROPUESTA DE CÓDIGO DE ÉTICA
EMPRESARIAL PARA LA CAMARA DE LA CONSTRUCCIÓN DE GUAYAQUIL
PREÁMBULO
Un colectivo empresarial tiene una función social
que cumplir y la cumple cuando el conjunto de comportamientos individuales
es positivo. Así lo considera la propia sociedad en que se
desenvuelve, y lo hace atribuyendo a dicho colectivo un valor y prestigio
social. Los principios que se proponen en este Código Deontológico
tienen el objetivo de potenciar el prestigio empresarial del colectivo,
en una actividad económica tan importante como la del ámbito
de la construcción y que tiene gran repercusión para
satisfacer necesidades básicas de la Sociedad.
FUNDAMENTOS
Usar el conocimiento técnico y empresarial para mejorar
la calidad de vida de los ciudadanos.
Ser honesto, imparcial y servir con fidelidad a la comunidad,
sus empleados y sus clientes.
Colaborar con la competencia y prestigio de la actividad de
la construcción
Dar soporte empresarial y técnico en cada una de las
disciplinas que a la actividad de la construcción les compete.
DE LA SEGURIDAD, SALUD Y BIENESTAR PUBLICO EN EL
DESARROLLO DE SUS DEBERES EMPRESARIALES
Reconocer que las vidas, la seguridad salud y bienestar
de la comunidad dependen de los juicios, decisiones y prácticas
que el empresario de la construcción realice en e desarrollo
de sus estructuras, maquinarias, productos o procesos industriales.
Informar a la Cámara si tiene conocimiento o razones
para pensar que personas o empresas puedan estar violando normas elementales
o poniendo en peligro la seguridad, salud y bienestar público,
y cooperar para que la Cámara como autoridad exija las sanciones
correspondientes.
Tener el compromiso de mejorar la calidad de vida mediante la
protección del medio ambiente.
Es un deber proteger al público contra el fraude, la
presentación falsa o las prácticas dudosas en el campo
de la construcción y afines. Debe esforzarse por eliminar,
en su comunidad, cualquier práctica susceptible de ocasionar
perjuicios al público o a la dignidad e integridad del gremio
al que se pertenece y difundir las buenas prácticas contractuales
en la construcción pues estas servirán de invalorable
referencia en el futuro.
DEL DESARROLLO DE SUS SERVICIOS SOLO E AREAS
DE SU COMPETENCIA
El afiliado a la CCG no deberá aceptar la ejecución
de un trabajo fuera de su especialidad sin tener los conocimientos
y experiencia para ello, o en su defecto aceptar el asesoramiento
correspondiente.
DE LA EXPOSICIÓN DE OPINIONES AL PUBLICO
EN FORMA OBJETIVA Y VERAZ
El afiliado a la CCG deberá sostener un criterio
libre e imparcial independientemente de los nexos de parentesco
o beneficio personal, en su caso deberá declararlo en el
contenido de sus informes.
El afiliado a la CCG deberá ser veraz y honesto con
respecto a lo que ve y siente de acuerdo con su leal saber y entender,
en el momento de emitir sus informes y no aceptar influencias extrañas,
presiones ni remuneraciones que hagan variar su recto criterio.
Abstenerse de emitir un criterio o argumento empresarial cuando
sea parte interesada en la solución de un conflicto o dirimencia.
DEL TRATO DE LOS ASUNTOS EMPRESARIALES CON LOS
EMPLEADOS Y CLIENTES Y DE LOS CONFLICTOS DE INTERESES
El afiliado a la CCG tendrá la libertad de aceptar
o rechazar la practica de los contratos y trabajos que le soliciten.
Evitar todos los potenciales conflictos de intereses que puedan
darse con sus clientes o empleados
Nunca aceptar prebendas directas o indirectas de contratantes,
proveedores, subcontratistas, u otras partes con las que este negociando
intereses de sus clientes.
Afiliados que estén ejerciendo funciones públicas
no deberán participar, por su nombre o por el de interpuesta
persona, ofreciendo sus servicios en concursos, licitaciones o contratos
públicos o privados en los que les competa tomar decisiones
administrativas.
El afiliado a la CCG respetara y guardara el secreto en las
labores empresariales y profesionales que ejecute y sobre todo no
usarlas para su beneficio personal.
Enterar a sus clientes cuando como resultado de sus estudios
y análisis lleguen a la conclusión de que sus proyectos
no son factibles, aún cuando eso vaya contra sus intereses
económicos.
DE LA CONSTRUCCION DE SUS REPUTACIÓN EN
BASE A SUS MERITOS Y DE LA COMPETENCIA LEAL Y JUSTA CON SUS HOMOLOGOS
El afiliado a la CCG nunca deberá perjudicar a
un colega en su reputación o competencia, ni interferirá
en los trabajos del mismo. En las relaciones con sus colegas, respetarán
los principios de la leal competencia y de la cortesía
No permitir se utilice en forma tendenciosa su aval empresarial
y profesional ni tampoco su experiencia.
No debe solicitar los servicios de un empleado o auxiliar
de otro colega a espaldas de éste.
No debe aceptar la revisión de un trabajo efectuado
o en ejecución por otro empresa constructora o persona natural
que ejerza actividades relativas a las de la construcción,
con solo los deseos manifiestos del cliente sin que la otra empresa
o persona acepte dicha intervención.
No utilizar las ventajas de una posición oficial para
competir con otros afiliados.
En ningún caso, prestarse a trabajar por una remuneración
inferior a la fijada por el Colegio del País o de la región
en que se realiza el contrato o servicio empresarial.
DEL HONOR, DIGNIDAD E INTEGRIDAD DE LOS CONSTRUCTORES
El afiliado a la CCG deberá cimentar su reputación
en la honradez, laboriosidad y capacidad técnica empresarial,
observando las normas de ética mas elevadas en todos sus
actos así como el debido decoro en su vida social y empresarial.
La CCG y sus afiliados deben mantener activas relaciones con
los grupos profesionales y comerciales, entre los que se incluyan
Colegios de Ingenieros (en todas su ramas), Colegios de Arquitectos,
Cámaras de la Producción, y demás organizaciones
cuya actividad sirva para la defensa y representación de
los intereses colectivos del sector y dar a la ciudadanía
una opinión calificada para influir sobre políticas
públicas y sobre el mejoramiento en el ambiente de los negocios
Los honorarios que fije el afiliado a la CCG deberán
ser en todo caso justos, racionales y equitativos. Todas las transacciones
que se convengan deben ser a un precio justo y procurarán
que los contratos estén redactados con precisión,
sin equívocos y en forma intachable, y que no favorezcan
unilateralmente a una parte, sino, por el contrario, protejan los
intereses de las dos partes.
DEL DESARROLLO PROFESIONAL A TRAVES DE SU GESTION
COMO EMPRESARIO.
El afiliado a la CCG tendrá la obligación
de contribuir al enaltecimiento de la actividad de la construcción
en la medida de sus posibilidades actuando con probidad y buena
fe y cumpliendo con las normas del derecho vigente.
Los afiliados harán todo lo posible por elevar el nivel
de la actividad a la que pertenezcan, especialmente en las vertientes
de estimular la continua formación empresarial, de mantener
una constante información de las tendencias del mercado y
de abstenerse de hacer una publicidad engañosa y perjudicial
para la construcción.
Promover basados en el principio de satisfacción mutua
cordiales relaciones con empleados y proveedores en términos
de respeto, adecuado trato laboral, salarios justos y beneficios
para las partes involucradas.
Escribanos sus inquietudes a nuestros E-mails
:
Atención al Afiliado, Publicidad :
servicios@cconstruccion.net
Biblioteca :
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